El Ministerio de Desarrollo Productivo aclaró hoy que si bien se habilitó la venta de libros y la entrega a domicilio, está prohibida la atención al público en librerías, ferias y otras modalidades.

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La decisión administrativa 490, que amplió el listado de actividades y servicios exceptuados del aislamiento social, preventivo y obligatorio para evitar el contagio del COVID-19, solo habilitó la venta por la web de libros, artículos de librería e insumos para computación para su entrega a domicilio.

La norma, que incluyó más actividades que pueden funcionar en el marco de lo establecido en el Decreto de Necesidad y Urgencia 297/20, incluye la "venta de artículos de librería e insumos informáticos, exclusivamente bajo la modalidad de entrega a domicilio, y en ningún caso se podrá realizar atención al público".

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La excepción alcanza solamente a "la venta de libros por internet, aunque no permite la apertura de locales a la calle de las librerías", señala el comunicado de esa cartera.