Se realizaron procedimientos para trasladar a la Comisaría 4º de Villa Ocampo a ocho personas más por infracción al Art. 205º del Código Penal que establece: "Será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia".
Por disposición del fiscal Norberto Ríos, a estas personas se les notificó de la infracción, se les hizo saber que en caso de reincidencia quedarían en situación de detenidos, y se los obligó a retornar a sus domicilios a cumplir con la cuarentena.
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Las actuaciones por infracción al Art. 205º del Código Penal se les aplicó a:
- D.C.C. (masculino, 24 años)
- L.A.M. (masculino, 24 años)
- M.D.B. (masculino, 22 años)
- J.B.F. (masculino, 24 años)
- E.M.G. (masculino, 18 años)
- M.L.F. (masculino, 37 años)
- S.A.F. (masculino, 28 años)
- E.G.F. (masculino, 33 años)
Estos procedimientos se mantendrán durante todo el período de aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto a nivel nacional, para impedir la circulación o presencia de personas en la vía pública sin justificativo que lo amerite.