El fallo mayoritario declaró procedente el recurso contra la resolución de la Corte de Santa Fe y ordenó que se emita un nuevo pronunciamiento en la causa que dejó 12 muertos y casi 40 heridos.

 

La Corte Suprema de Justicia de la Nación emitió un fallo por mayoría para dejar sin efecto la resolución del Tribunal Supremo de Santa Fe. Que había declarado la prescripción de la causa Ecos y revocado la condena de quien se había como autor de homicidio y lesiones por imprudencia.

La tragedia que generó este proceso legal fue el accidente de tránsito del 8 de octubre de 2006, cerca del kilómetro 689 de la ruta nacional 11, donde murieron doce personas y casi cuarenta resultaron heridas.

De este modo, los jueces consideraron que la decisión apelada carece de la adecuada fundamentación para los pronunciamientos judiciales. De este modo hicieron lugar a la queja.

Por su lado, el ministro Carlos Rosenkrantz votó en disidencia al sostener que la sentencia no era arbitraria. Y por tanto consideró que correspondía desestimar la queja. Sobre el planteo por la ausencia de votos concordantes en la sentencia de cámara, argumentó que dicho planteo no se introdujo oportunamente en el proceso. Por lo cual el agravio era extemporáneo e inidóneo para habilitar la instancia extraordinaria.

Finalmente, manifestó que es verdad que, si bien el caso evidencia en distintos momentos de su tramitación demoras injustificadas por parte de diversos operadores del sistema penal en el plano provincial, “nada de ello implica que el recurso extraordinario aquí deducido sea admisible. Las razones expuestas para rechazar la queja no son meros detalles técnicos sino que apuntan a la base de la competencia de esta Corte para revisar las sentencias de los tribunales locales".