El Senado provincial acordó una preferencia para la próxima semana, para abordar el proyecto que establece un régimen tarifario especial para las emisoras de radio y televisión de baja potencia.

 

El senador justicialista Alcides Calvo (Castellanos) ingresó sobre tablas el Proyecto de Ley por el cual se establece un régimen tarifario especial en los servicios de energía eléctrica, para las Emisoras de Radio de Baja Potencia. Comprendidas en las categorías E, F y G, y Emisoras de Televisión de Baja Potencia. En la sesión del último jueves se acordó una preferencia de tratamiento para dentro de 2 sesiones.

En septiembre de 2016 y en mayo de 2018 la Cámara de Senadores aprobó por unanimidad y sobre tablas un proyecto en el mismo sentido. Pero posteriormente perdió el “estado parlamentario” en Diputados por no tratarse el tema.

Ahora, por tercera vez, el senador Alcides Calvo, insiste con idéntico Proyecto de Ley (Expediente 38644 JL). Y para acelerar su tratamiento, se giró solamente a la comisión de Asuntos Constitucionales y Legislación General.

En la segunda sesión ordinaria del Senado del día 9 de mayo de 2019 se consensuó una preferencia para dentro de dos sesiones, es decir, para la cuarta sesión ordinaria del actual 137º Período de Sesiones.

¿A qué emisoras refiere?

Las emisoras de radio para las cuales se establece el régimen tarifario especial, serán las de las  categorías E, F y G, según Resolución 142/96, que cuenten con inscripción y hubieran cumplimentado el Censo AFSCA Resolución 1 y 2/2009 y Resolución AFSCA 325/2010. De igual modo, para las emisoras de televisión de baja potencia comprendidas en la Resolución AFSCA 3/2009 y Resolución AFSCA 325/2010 que cumplimenten las mismas.

El rol de la EPE

La Empresa Provincial de la Energía (EPE), que será la autoridad de aplicación, trasladará los beneficios a las emisoras, en lo referente a los consumos de energía de éstas. En función de ello, los sujetos se beneficiarán con un 50% de bonificación en su consumo de energía eléctrica según tarifa de grandes consumidores.

En el mismo sentido, el Poder Ejecutivo Provincial compensará a la Empresa Provincial de la Energía (EPE) por la instrumentación de la presente Ley, con fondos del tesoro provincial. Se invita a los prestadores locales de servicios de energía eléctrica, o a los que en el futuro los sustituyan, a adherir a las disposiciones de la presente.

Además, con las correcciones al articulado, “se incorpora una contraprestación” por parte de las emisoras de radio de baja potencia comprendidas en las categorías E, F y G, y las emisoras de televisión de baja potencia, que consiste en “la realización de campañas sobre el uso racional de la energía eléctrica”.

Se pretende crear “un paliativo para aliviar la difícil situación económica que atraviesan las emisoras pequeñas de la Provincia de Santa Fe”. En la actualidad, la composición de los egresos inciden, entre otros componentes de la estructura de costos, los costos del servicio eléctrico. Lo que determina que el cuadro de ingresos y egresos se presente deficitario en muchas de ellas. Para los medios audiovisuales de comunicación, “el ajuste tarifario de la energía eléctrica tiene consecuencias importantes en su viabilidad”.

Dado el carácter muchas veces social de las actividades que desarrollan los medios de comunicación de baja potencia, tanto radios como canales de televisión, se hace necesario establecer “una tarifa especial diferenciada para reducir, en gran medida, los costos de los mismos, atento a los importantes servicios que brindan en las pequeñas localidades”, fundamentaron los senadores justicialistas.