Es Pablo Akerman, quien chequeó las instalaciones del Café de la Flor meses antes de la electrocución de un bajista. Los jueces criticaron a los fiscales.

Los jueces penales de Segunda Instancia, Carina Lurati, Gabriela Sansó y Guillermo Llaudet confirmaron la absolución del funcionario municipal. Estuvo encargado de inspeccionar el Café de la Flor, el bar de Mendoza al 800 donde en octubre de 2015 murió electrocutado el bajista de una banda de rock.

En su resolución, los magistrados advirtieron que los fiscales faltaron a su deber de objetividad. Esto al llevar a juicio al agente encargado de inspeccionar el lugar seis meses antes de que se produjera el incidente. Y le pidieron al fiscal general de la provincia que analice su accionar.

El caso

El fallecimiento de Adrián Rodríguez mientras actuaba con su banda en ese bar conmocionó a la ciudad. Y puso en evidencia las condiciones de trabajo de músicos y artistas. En la investigación judicial abierta para establecer las responsabilidades penales por el deceso están imputados el dueño del local, Ariel Scharf, y el electricista que trabajó en la instalación eléctrica del lugar, Fernando Campodónico. Ambos a la espera de juicio

Además, los fiscales Valeria Piazza Iglesias y Ademar Bianchini acusaron a Pablo Akerman, el último inspector municipal que controló el Café de la Flor antes de la tragedia. Lo acusaron por los delitos incumplimiento de los deberes de funcionario y falsificación de documento público. El argumento fue que en esa inspección de abril de 2015 "el local estaba en iguales o peores condiciones que en octubre".

Sin embargo, hace cinco meses el juez Juan Andrés Donnola resolvió absolver a Akerman. Según consideró el magistrado, las condiciones del bar constatadas por el arquitecto en abril no fueron las mismas que causaron la electrocución de Rodríguez. En el medio, el local cambió de dueños, una tormenta afectó el tablero de electricidad y un electricista hizo arreglos en las instalaciones, anulando el disyuntor.

No conforme con este criterio, Piazza Iglesias apeló el fallo considerando que se había omitido valorar pruebas. Como por ejemplo los testimonios de cinco testigos que advirtieron sobre numerosos desperfectos que existían en la red eléctrica del local con anterioridad a la muerte del músico.

El entredicho

En una resolución que se hizo pública ayer, los jueces de cámara avalaron los fundamentos del juez Donnola. No sólo indicaron que las instalaciones que inspeccionó Akerman fueron modificadas con posterioridad a su actuación. Sino que uno de los testimonios aportados por la fiscalía había manifestado que el disyuntor eléctrico funcionaba correctamente el día previo a la muerte de Rodríguez.

La fiscal, señaló el fallo, "conoció que el día previo al hecho en que falleció la víctima la instalación eléctrica no funcionaba como el día de la inspección. Y que el día del hecho, por dicha razón, se quitó el disyuntor".

Testimonios

Los jueces destacaron que durante el proceso la funcionaria "interrogó a una testigo, de la que no objetó su veracidad. Quien dijo que el día previo «saltaba la térmica» y tenían que «encintarla» para poder usar la energía eléctrica".

Y apuntaron que la fiscal "conocía dicho testimonio, dicha circunstancia y omitió señalarlo". Por esto, consideraron que Piazza Iglesias "vulneró el deber que le cabe de objetividad" al sostener la acusación contra el inspector municipal.

"El Ministerio Público de la Acusación (MPA) llevó a juicio a una persona conociendo que el día de la muerte se había quitado el disyuntor. Lo que da por tierra su teoría del caso, por cuanto en el momento de la inspección el disyuntor estaba correctamente colocado y funcionando", apuntaron los jueces. Y criticaron también el dispendio de tiempo y de recursos del Estado al omitir esa circunstancia "en forma voluntaria".

Por este motivo, la jueza Lurati pidió que el fiscal general de la provincia, Jorge Baclini, reciba una copia de la sentencia "para que se analice el accionar de los fiscales". Esto en función de "que se ha llevado a cabo un innecesario dispendio de recursos económicos y humanos, por haberse apartado de dicho deber (de objetividad)".