Comunicado de prensa
Debido a las innumerables e incesantes amenazas, hostigamiento , persecución e incumplimientos laborales que reciben los trabajadores y trabajadoras del Club Atlético Colón por parte de la patronal desde hace tiempo, decidimos dar a conocer puntualmente la actual e insostenible situación.

Como es de público conocimiento, el día 28 de diciembre de 2018, la Comisión Directiva de la institución despide con falsas causales a dos trabajadores que mantienen vínculo directo con un integrante de Comisión Directiva de nuestra organización, en un claro hecho de persecución sindical, el cual denunciamos inmediatamente al organismo correspondiente. Luego de una extensa conciliación obligatoria, donde el Ministerio de trabajo intimó al Club a reincorporar a los/as despedidos/as. El conflicto debió judicializarse, ya que vencidos los plazos de la misma, ambos compañeros debieron abandonar nuevamente sus lugares de trabajo. Cabe recordar, que el día 15 de junio del año pasado se dejó constancia en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social que el Presidente de la Institución “advertía” al Sr. Walker Eduardo que de seguir insistiendo con los reclamos gremiales, despediría a su hija y a su yerno, hecho que llevó adelante unos meses después. No conforme con esto, en el mes de marzo del corriente año, aplican hacia él una suspensión disciplinaria (con afectación de sus haberes) totalmente ilegal e infundada que viola claramente la Ley 23.551, de Asociaciones Sindicales, como también constituye una “práctica desleal”, dado que el trabajador está protegido por una “tutela sindical”.

Además, las amenazas se extienden en esta oportunidad a otro trabajador, quien posee una licencia por enfermedad, totalmente legítima y justificada, a quién la Comisión Directiva quiere obligar a reincorporarse antes del tiempo estipulado por los profesionales médicos, o advierten su despido.

Uno de los puntos que nos inquieta es el de la persona que oficia de “Intendente” del Club. Quién en los últimos meses es el encargado de impartir órdenes a nuestros/as representados/as, como también de firmar permisos gremiales, licencias e inclusive sanciones, pero que ante la autoridad laboral no está reconocido ni como empleado del Club, ni como miembro de Comisión Directiva. Por lo tanto exigimos conocer su situación laboral.

Otra de las situaciones que más nos preocupa es la falta de declaración de algunos/as empleados/as en el formulario 931 de AFIP, por parte de la patronal. El incumplimiento de este proceso ocasiona la carencia de cobertura médica y la falta de pago de las Asignaciones Familiares de ANSES a los/as trabajadores/as. Advertimos este conflicto como un avasallamiento directo a los derechos fundamentales de los /as compañeros/as, como son la salud y el salario.

Se les adeuda, además, el retroactivo del mes de febrero, que corresponde a los aumentos ya homologados, pertenecientes a la revisión salarial del año 2018 (10 %).

Por último, como dicta el C.C.T 553/09 en el art. 20 inc. b) correspondiente a Ropa de trabajo: “A todo el personal de maestranza, servicios y administrativos, se le proveerá de los uniformes y/o ropa de trabajo que corresponda de acuerdo a las funciones que desempeñe, a razón de dos por año, uno de verano y otro de invierno, en los meses de septiembre y abril, respectivamente”. Sin embargo a los/las cros. y cras. se le adeudan aún los pertinentes al segundo semestre del año 2018.

Por todo lo expuesto, informamos que los/as compañeros/as continúan en Estado de Asamblea permanente, no descartando otras medidas que los asisten como trabajadores/as ante el atropello manifiesto.

DÉBORA GUERRERO
SECRETARIA DE PRENSA
UTEDYC SECC. SANTA FE