La normativa habilita la caza deportiva para la temporada de determinadas especies.

A través de la resolución se aconseja no habilitar la caza de patos para la temporada. Sin desmedro de otras especies como la paloma, la perdiz y la liebre, que sí están permitidas.
En ese sentido, el subsecretario de Recursos Naturales, Alejandro Larriera, señaló que "de acuerdo a la Ley Nº 4.830 está prohibido todo acto de caza. Tanto comercial como deportiva. Salvo aquellas especies que sean expresamente habilitadas, cuando se asegura la sustentabilidad de la actividad. Y el beneficio para los pobladores locales".

La normativa, de acuerdo a las tendencias a nivel mundial y la situación de la caza deportiva a nivel provincial, considera oportuno y necesario continuar con el proceso de sustitución de las municiones de plomo.

Las especies habilitadas para la temporada son: perdiz chica común (Nothura maculosa); paloma torcaza (Zenaida auriculata); cotorra (Myiopsitta monacha); moraju o negrucho (Molothrus bonariensis); varillero o congo (Agelaius ruficapillus); y liebre (Lepus europaeus).