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26-07-2010 | DIPUTADOS SF
Insisten con impulsar una “Ley de Ética en el Ejercicio de la Función Pública”
Insisten con impulsar una “Ley de Ética en el Ejercicio de la Función Pública”"Se trata de aplicar una legislación más actual, que contemple todos los aspectos vinculados con la ética en la función pública".
El diputado provincial Hugo Marcucci reingresó en la Legislatura el proyecto. La propuesta
no se circunscribe a la sola adhesión a la Ley Nacional Nº 25.188, sino que desarrolla una normativa propia.

Vale recordar que en Santa Fe, sobre la materia, rige la Ley Nº 7.089 del año 1974 y los Decretos 584/1998 y 0018/2003 que son absolutamente insuficientes para abordar la temática.

Con la iniciativa se pretende establecer:

1. El conjunto de principios y deberes relacionados con el buen desempeño de la función pública provincial, entre los cuales podemos mencionar: Cumplir y hacer cumplir estrictamente la Constitución Nacional, la Constitución Provincial, las leyes y los reglamentos que en su consecuencia se dicten; Respetar los derechos humanos y las libertades de los ciudadanos, y evitar toda actuación que pueda
producir discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social; Realizar sus funciones con observancia y respeto a los siguientes principios: honestidad, probidad, rectitud, buena fe, austeridad republicana, eficiencia, eficacia y
economía; Privilegiar siempre la consecución del interés general por sobre el interés particular y el cumplimiento de los objetivos del Estado Provincial; Fundar sus actos y garantizar transparencia en las decisiones adoptadas; Asegurar el derecho de acceso a la información pública a los particulares sin
restricciones; Observar los principios de publicidad, igualdad, concurrencia y razonabilidad en los procedimientos de contrataciones públicas en los que intervengan (Artículo 3º).-

2. El Régimen de Declaraciones Juradas de los funcionarios y agentes públicos, con el cual se busca desterrar el carácter secreto y confidencial de las declaraciones juradas presentadas por los funcionarios públicos dado por la Ley Nº 7.089, por un régimen donde las mismas sean públicas y accesibles al conjunto de la ciudadanía así como también sus sanciones.-

3. El Régimen de incompatibilidades:
 - Administrar, representar, asesorar, o prestar servicios a quien gestione o tenga una concesión o sea proveedor del Estado, siempre que el cargo desempeñado tenga competencia funcional directa respecto a dichas actividades.-


- Ser proveedor por sí o por terceros del Estado, en donde desempeñe sus funciones.-
-Tener intervención decisoria en la planificación, desarrollo y concreción de privatizaciones o concesiones de empresas o servicios públicos y ser parte de los Entes o Comisiones Reguladoras de esas empresas o servicios.-

4. El Régimen de Obsequios a Funcionarios Públicos, previéndose en el artículo 20 que: "Los funcionarios públicos no podrán recibir regalos, obsequios o donaciones, sean de cosas, servicios o bienes, con motivo o en ocasión del desempeño de sus funciones. En el caso de que estos sean de uso social, cortesía o de costumbre diplomática, la autoridad de aplicación reglamentará en qué casos y cómo deberán ser incorporados al patrimonio del Estado, para ser destinados a fines de salud, acción social y educación o al patrimonio histórico-cultural si correspondiere".-

Marcucci sostuvo que "se trata de aplicar una legislación más actual y que contemple todos los aspectos vinculados con la ética en la función pública. Pero ante todo, planteamos un cambio en la dimensión normativa del vínculo entre la ética y la acción política, incorporando la rendición de cuentas
patrimoniales, la prohibición de realizar actos incompatibles con sus funciones y deberes y pautas de comportamiento ético. Por otra parte, se busca aumentar el grado de participación y control de los ciudadanos, jerarquizando las instituciones democráticas en pos de incrementar la calidad y eficiencia de la política". Por último, el Diputado expresó que "la sanción  de esta ley significaría incorporar a la legislación provincial un conjunto de normas éticas que vienen siendo demandadas por la sociedad en los últimos años".-

 
Fuente: SM
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